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Nuevo supuesto para rescatar plan de pensiones. |
Hasta ahora los planes de pensiones solo se podían rescatar en determinado supuestos tasados, por ejemplo la jubilación, la incapacidad, la invalidez, el fallecimiento o también la dependencia severa. En algunos casos y de forma excepcional también se podían y se pueden rescatar por desempleo de larga duración. Bien, pues después de las últimas reformas en las normas de Protección al deudor hipotecario, en España, aparece un nuevo supuesto, se trata de cuando exista un procedimiento de ejecución para la vivienda habitual.
De esta forma y durante un plazo de dos años, o sea, desde el 15 de Mayo de este 2013 y hasta el 15 de Mayo del año 2015, se podrán rescatar, en este supuesto los Planes de Pensiones. No obstante tienen que concurrir una serie de requisitos: ha de ser un procedimiento de ejecución forzosa, administrativa o de venta extrajudicial, cuando no se disponga de otros bienes para satisfacer la deuda.
Queda establecido que el reembolso se realizará en un pago único y en solo siete días desde la presentación de la documentación. También queda prevista la facultad del Gobierno para ampliar el actual plazo de dos años.
Más información: Rescate del plan de pensiones
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planes de pensiones solo rescatar en determinado supuestos |
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se pueden rescatar por desempleo |
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durante un plazo de dos años |
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cuando no se disponga de otros bienes |