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¿QUE CUBRE UN SEGURO DE ALQUILER? TODA LA VERDAD

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¿Qué es y que cubre un seguro de alquiler? – La verdad sobre el seguro de hogar y alquiler – Pasos para encontrar el mejor seguro de alquiler…

También se llama seguro de Impago de Alquiler. Para poder hacer un exámen lo suficientemente profundo acerca de este servicio o producto asegurador, y tener una noción real de que cubre un seguro de alquiler, nos ponemos en contacto con Mutua de PropietariosⓇ, que nos dan todo tipo de información y datos. Para empezar podríamos resumir que se trata del seguro que cuida de tu residencia alquilada.

¿Te imaginas no tener que preocuparte por si acaso no te pagan el alquiler? En Mutua de Propietarios, con este tipo de seguros velan por nuestros intereses y se aseguran que las residencias alquiladas estén siempre y en todo momento en forma. Más o menos por ahí empezamos a entender que es un Seguro de alquiler

Con el seguro de impago de alquiler, se ocupan de recobrar nuestra residencia en el caso de impago y de que cobremos por las rentas impagadas. Además de esto, si el deudor nos ha ocasionado desperfectos, nos los compensan. Donde ya antes se solicitaban avales o bien avalistas personales, ahora se formalizan seguros de alquiler.

Y, ¿De qué me cubre?

Bueno, digamos que primeramente es un filtro para escoger al inquilino. Además de esto, muchos de ellos ofrecen defensa jurídica al dueño ante posibles enfrentamientos civiles o bien penales con el inquilino. Es principal avisarlo en el instante que se genera con objeto de que el departamento jurídico del seguro realice las gestiones oportunas y presente la demanda de desahucio.

El seguro de impago de alquiler gana adeptos entre los dueños. Y, al parecer, están contentos pues prácticamente el setenta por ciento de los dueños que ha suscrito un seguro de alquiler lo renueva. Claro está que la actividad de arrendar una residencia tiene como peligro para el dueño el impago de la renta del alquiler, y de ahí el auge de este tipo de seguros.

¿QUE CUBRE UN SEGURO DE ALQUILER? TODA LA VERDAD
¿QUE CUBRE UN SEGURO DE ALQUILER? TODA LA VERDAD

El seguro de protección del alquiler es un producto concebido para que los dueños puedan arrendar sus residencias con total calma y tranquilidad, quedando cubiertos en el caso de impago de la renta por la parte del inquilino del inmueble. En el caso de que no pague el inquilino, el seguro de protección del alquiler va a ofrecer al arrendador una compensación equivalente, lo que le dejará sostener su nivel de ingresos por la actividad de alquiler.

Peculiaridades del seguro del alquiler

Este seguro del alquiler tiene ciertas peculiaridades respecto a otros seguros. La más esencial es la relativa a su contratación, puesto que puede ser contratado por el inquilino o bien por el arrendador, siendo el que lo haga el tomador, mas el adjudicatario va a ser el segundo, o sea, quien arrienda la residencia.

Además de esto, las aseguradoras acostumbran a demandar que el seguro del alquiler se domicilie en una cuenta cuyo titular sea del arrendador, con el propósito de asegurar que el seguro tiene valía y no brotan inconvenientes.

EN GENERAL ¿CUALES SON LAS COBERTURAS?

Recuperas tu dinero si no te pagan. Te ofrecen asesoramiento legal. te compensan por los destrozos.

Si tienes una residencia o bien local que vas a arrendar probablemente lo que más te preocupa ahora es si tu inquilino te va a pagar el alquiler cada mes y de qué manera cuidará el inmueble a lo largo del tiempo que en que lo tenga alquilado. Para dar contestación a este inconveniente, hace unos años brotó el llamado seguro de impago de alquiler cuya finalidad primordial es compensar al arrendador por los gastos y perjuicios económicos que causa el impago de la renta por la parte del inquilino.

Son seguros para hogar que incluyen una garantía de impago de alquileres. La compañía aseguradora, ya antes de admitir el peligro efectúa un análisis de la solvencia económica del inquilino y valora que el grado de endeudamiento con relación a la renta mensual que va a pagar en término de alquiler, no sea superior al cuarenta y cinco por ciento. También se tiene asistencia jurídica cuando el inquilino efectúa obras no permitidas por el dueño. Reclamaciones por carencia de pago de renta siempre y cuando el inquilino sea solvente. 

El seguro de impago de alquiler garantiza la defensa de los derechos del asegurado en situaciones como el incumplimiento de los vecinos de las reglas sobre emisiones de humo, limpieza, ruidos y actividades molestas o bien que supongan un riesgo. También la disputa con vecinos relacionadas con la servidumbre de paso, distancias, vistas, luces y muros.

Cuando se ha producido un impago, el arrendador deberá interponer demanda de desahucio en los 3 meses siguientes. Esta garantía capacita al asegurado a solicitar a la compañía aseguradora que le adelante el total de las mensualidades impagadas hasta ese instante al que normalmente va a haber que quitar la franquicia de un mes que se aplica para residencias y de dos para locales. Una vez efectuado el primer pago, la compañía aseguradora proseguirá adelantando el pago de rentas impagadas cada mes hasta el límite que se hubiese contratado.

El seguro cubre también las tasas que se deriven de gestionar los procedimientos, la minuta y gastos de letrado y procurador, los gastos derivados de la intervención de peritos. Del mismo modo están garantizadas para procedimientos penales, la aportación de las fianzas que se le demanden al asegurado y las faltas y restricciones en el seguro de impago de alquiler.

¿Qué se puede asegurar en el seguro de impago de alquiler?

Las empresas de seguros acostumbran a ser realmente restrictivas sobre el género de peligro que desean asegurar. Lo normal es que únicamente se aseguren residencias frecuentes no secundarias y locales. Es esencial que sepas que no tienes por que admitir la defensa jurídica que te ofrece la compañía y que puedes seleccionar con libertad el letrado y procurador que deseas que defienda tus intereses.

Pero como una imágen vale más que mil palabras y probablemente sigas con dudas, mejor ve el vídeo.