que miran los seguros de alquiler

El seguro cuida de tu residencia alquilada para no tener que preocuparte por si acaso te pagan o no el alquiler. En Mutua de Dueños se aseguran que tus residencias alquiladas estén siempre y en todo momento en forma. Con el Seguro de Alquiler se ocupan de recuperar tu residencia en el caso de impago y también de que cobres por las rentas impagadas. Además de esto, si el deudor te ha ocasionado desperfectos, te compensan por los daños.

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qimono / Pixabay

¿Por qué razón es esencial el seguro de impago de alquiler?

Cuando el dueño de una residencia decide arrendarla, hay diferentes peligros que debe aceptar como la posibilidad de un impago de las rentas mensuales por la parte del inquilino así como las imperfecciones o bien daños que puede causar este o esta. De esta manera, este tipo de seguro garantiza al arrendador de la residencia recobrar las rentas impagadas y en el caso de que el inquilino haya causados desperfectos, retribuirle por los daños. El seguro de impago de alquiler actua como una herramienta para seleccionar al futuro inquilino a través de la compañía de seguros, estudiando la solvencia financiera de este para revisar la aptitud de que los pagos mensuales del alquiler serán realizados.

Qué cubre el seguro de impago de alquiler

Generalmente, las compañías aseguradoras acostumbran a ofrecer la garantía de cubrir hasta 12 cuotas impagadas o bien hasta tres mil euros mensuales. Hay que tener en consideración que a fin de que el inquilino reciba el dinero se debe tener una resolución judicial terminante que pruebe la morosidad. En general, la cantidad que cubre puede ser de hasta tres mil euros. Esto es, no cubrirá las imperfecciones a lo largo del periodo del alquiler.

Estudio de la solvencia del inquilino

Uno de los primeros pasos que deberían hacer los futuros arrendadores ya antes de arrendar la residencia a alguien, es estudiar la solvencia financiera del inquilino para de esta manera eludir la posible morosidad. Este estudio se puede hacer a través del banco o bien mediante empresas expertas en dicha materia , teniendo presente la Ley de Protección de Datos del posible inquilino es quien debe dar una autorización anterior. De esta forma, se garantiza conocer de modo detallado y completo la liquidez de la futura persona alquilada y eludir la morosidad. Previamente, la manera más empleada era solicitar avales o bien avalistas personales.

No obstante, en nuestros días la tendencia de contratar seguros de impago de alquiler es creciente puesto que así los inquilinos pueden arrendar una residencia sin precisar depositar una gran cantidad de dinero en su entidad.

Quién paga el seguro de alquiler

Con respecto a quién efectúa el pago de este género de seguro debemos aclarar que es el dueño del inmueble arrendado quien lo realiza. Por tal razón, el dueño o bien arrendador de la residencia va a ser el tomador del seguro y va a ser quien se haga cargo del pago a la compañía de seguros para de esta forma tener una cobertura por peligro de impago o bien desperfectos ocasionados.

Requisitos precisos para un seguro de impago de alquiler

Como se ha comentado previamente, el requisito esencial a fin de que se realice la formalización de un seguro de impago de alquiler es que una compañía de seguros se ocupe de estudiar la solvencia financiera o bien aptitud económica de los inquilinos a los que se va a alquilar la residencia.

Si el inquilino es autónomo, va a deber de aportar el documento nacional de identidad, la última declaración de la renta, los 2 últimos trimestres del Impuesto sobre el Valor Añadido o bien IRPF y los 3 últimos Cupones de Autónomo.

Existen cuando menos 2 modalidades de seguro de impago de alquiler

CONCEPTO DE SEGURO DE IMPAGO DE ALQUILER

El seguro de impago de alquiler es el nombre con el que se conoce a este género de seguro. La póliza se emite toda vez que el contrato de alquiler esté sometido a la ley 29/1994 de alquileres urbanos.

DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA ESTUDIAR EL RIESGO

Con el seguro de impago de alquiler lo que hace la empresa de seguros es aceptar el peligro de impago de las rentas. Para esto, la compañía precisa efectuar una investigación de aptitud económica sobre el inquilino. Con este estudio se examinan los ingresos que consigue el inquilino y se equiparan con la renta mensual que pagará en término de alquiler, no pudiendo ser esta relación superior al cuarenta y cinco por ciento. Además de esto, asimismo se efectúa una consulta en diferentes archivos de deudores para comprobar que no estamos frente a un mal pagador.

En la documentación aparecerán los ingresos con los que la empresa de seguros examina el ratio mentado del cuarenta y cinco por ciento y, además de esto, se ve la antigüedad del trabajador en la compañía, en tanto que se demanda una antigüedad mínima de un año o bien, de no alcanzarla, que exista contrato de trabajo indefinido con el periodo de prueba superado.

Defensa y reclamación del contrato de alquiler

Con el seguro de alquiler la empresa de seguros se compromete a proteger o bien demandar los derechos del asegurado, en vía judicial, en todos y cada uno de los enfrentamientos que estén relacionados directamente con el contrato de alquiler que se halle en vigor. Esta garantía acostumbra a tener un mínimo litigioso, que en general se fija en trescientos euros, esto es, no se demandan judicialmente temas cuya cuantía esté bajo esta cantidad.

Defensa de otros seguros

Bajo esta cobertura, el seguro de alquiler compromete a la empresa aseguradora a proteger o bien demandar los derechos del asegurado con respecto a los incumplimientos de las empresas aseguradoras privadas o bien del Consorcio de compensación de seguros con los que el asegurado tuviese cobertura.

Defensa de la responsabilidad penal

Salvo en aquellos casos en que el asegurado haya efectuado ciertos hechos de manera voluntaria o bien dolosa declaradas por sentencia judicial firme, la compañía aseguradora garantiza la defensa de la responsabilidad penal del asegurado como arrendador del inmueble asegurado.

Reclamación de daños de origen extracontractual

Con esta garantía la compañía de seguros garantiza la reclamación amistosa o bien judicial al tercero responsable de los daños que haya sufrido la residencia o bien los recursos contenidos en ella propiedad del asegurado.

Reclamación en contratos de servicios de reparación o bien mantenimiento de las instalaciones

Para conseguir esta cobertura se precisa que el pago de tales servicios corresponda íntegramente y haya sido satisfecho por el asegurado.

Impago de alquileres

Cuando el arrendador, mediante la cobertura de «defensa y reclamación del contrato de arrendamiento» de su seguro de alquiler, interponga demanda de desahucio por impago de rentas en los 3 meses siguientes al impago, este va a poder pedir a la compañía de seguros un adelanto por el total de las rentas impagadas hasta ese instante, quitando el periodo de franquicia. Y estos adelantos se regularán una vez haya concluido el procedimiento judicial, quedando el asegurado obligado a devolver todo o bien una parte de las cantidades recibidas si el inquilino paga las cantidades debidas en cualquier instante del proceso. No obstante, no tiene por qué razón hacerlo, en tanto que en estos casos los pagos comprometidos por la compañía de seguros se efectuarán en el instante en que, en el juicio de desahucio, recaiga sentencia o bien cualquier otra resolución judicial terminante .

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