¿Ya sabes que existe un registro de seguros de vida?

¿Por qué es útil el registro de seguros de vida? ¿Ya sabías que existe un registro de seguros de vida?

El registro de seguros de vida es muy útil para verificar, en caso de fallecimiento del asegurado, los seguros de vida a nombre del fallecido y su o sus beneficiarios. La verificación en el registro de seguros de vida es uno de los trámites que debe realizar un Abogado Especialista en Herencias para poder asesorar correctamente a los herederos, ya que la aseguradora no tiene la obligación de notificar a los beneficiarios y si no se reclama la póliza, ésta puede quedarse sin pagar. De ahí, entre otras cosas, la existencia del Registro Seguros de Vida.

Desde que se creó el registro de seguros de vida, cerca de un millón de personas se han beneficiado de este servicio, ya que gracias a él pudieron cobrar pólizas de seguros de vida que desconocían. Cuando buscaron Verificación Seguros de Vida no sabían, muchas veces lo que se iban a encontrar.

Sin embargo, también es posible que no se cobre el seguro de vida porque no se conoce su disponibilidad y no se cobrará si no se solicita.

¿Cómo sé si tengo un seguro de vida?

Si crees que puedes ser beneficiario de un seguro de vida, puedes verificarlo en el registro general de seguros 15 días hábiles después de la muerte del posible propietario. Si tienes dudas siempre puedes consultar todo buscando Abogados Especialistas en Herencias

El plazo para hacerlo y los datos para estar en el registro del seguro de vida es de 5 años contados a partir de la fecha de acreditación del fallecimiento. Pero vuelvo a repetir que todo lo que necesitas saber sobre este registro y su importante papel para los beneficiarios de seguros de vida lo puedes consultar a los especialistas en herencias. Si tienes alguna duda sobre el seguro de vida o el seguro de vida hipotecario, puedes consultar a los especialistas en seguros y si necesitas información sobre los montos de seguros de vida que necesitas, puedes utilizar algún Comparador de Seguros de Vida de los que hay muchos en este blog y en la Red. 

Ya sabemos que existe un Registro de Seguros de Vida pero ¿Necesito un Seguro de Vida?

Pero lo que nos ocupa es la necesidad de tener acceso a la información necesaria para que los beneficiarios de una póliza de seguro de vida sepan si una persona fallecida tiene un seguro que cubra la condición; así como encontrar la información básica para que se pueda presentar un reclamo ante la compañía de seguros.

¿Por qué es útil el registro de seguros de vida? ¿Ya sabías que existe un registro de seguros de vida?
¿Por qué es útil el registro de seguros de vida? ¿Ya sabías que existe un registro de seguros de vida?

Definición general de beneficiarios

Si se designa genéricamente como beneficiarios a los hijos, se entenderán como tales sin excepción todos los descendientes del asegurado con derecho a herencia. Si con carácter general se designa como beneficiario al cónyuge, se considerará como tal a la persona que se encontraba en esta situación al momento del fallecimiento del asegurado, no al momento de contratar el seguro de vida.

El caso es que puede uno o una convertirse en beneficiario de un seguro de vida de un familiar o amigo fallecido sin darse cuenta. Muchos de estos seguros son contractuales, como hipotecas o viajes, y el interés en ellos es relativo. En 2021, más de 200.000 personas conocieron que tienen derecho a una indemnización por la muerte de un ser querido.

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Obtener un certificado de beneficiario

Importante: Cualquiera puede reclamar, no necesariamente un familiar del asegurado. Los datos están disponibles durante cinco años y la información se puede solicitar 15 días después de la muerte. El Ministerio de Justicia te expedirá un certificado y con él podrás reclamar la indemnización correspondiente a la compañía aseguradora.

Hay tres formas de hacerlo: telemática, presencial y correo. Por cualquiera de estas, y en menos de siete días, sabrás si eres elegible para cobrar un seguro.

Telemática: Si dispones de firma electrónica o de un código PIN de usuario, el fallecimiento deberá producirse con posterioridad al 2 de abril de 2009 a través de la página web del Ministerio de Justicia. 

Cuatro millones y medio de consultas en 13 años

Ante la gran cantidad de seguros impagados, se creó el Registro de Contratos de Seguros en 2007. Desde entonces, 4,5 millones de personas han consultado. Más de 460.000 personas preguntaron en 2021, y casi la mitad de ellas 210.000 respondieron que sí. No todas las solicitudes provienen de familiares o amigos, la consulta es una de las funciones más habituales de los notarios, ya que son los encargados de tramitar las herencias.

De hecho, la mayoría de las solicitudes en 2021 se realizaron a través de notarios que realizaron más de 120.000 consultas.

Seguro de vida

Es posible que tengamos dudas sobre si tenemos derecho a cobrar algún seguro de vida o de responsabilidad civil. Hay que tener en cuenta a los registros en donde están los datos de nombre, apellidos y DNI de la persona fallecida y se incluyen en el documento que acredita si la persona fallecida tiene un seguro de vida en vigor.

Pero basta con solicitar información al Registro de Contratos de Seguro de Deceso del Ministerio de Justicia.

Ser beneficiario de un seguro de vida no significa que la compañía pagará una indemnización en caso de fallecimiento del asegurado. De hecho, se debe exigir a la aseguradora el pago de una indemnización. De lo contrario, no se pagará ninguna compensación. Sin embargo, muchas personas no lo hacen. Algunos y algunas porque no saben que son beneficiarios de la póliza. Otros porque creen que tienen que pagar algo o aceptar una herencia que no quieren o no pueden pagar sus impuestos. Sin embargo, cabe señalar que para contratar un seguro de vida no es necesario aceptar la herencia, porque son cosas diferentes.

El proceso es simple

Lo primero que hay que hacer es acudir al Registro y solicitar 2 documentos: el primero se llama Última Voluntad para saber si el causante hizo testamento. El segundo se llama Certificado de Seguro de Vida y sirve para saber si hay un seguro de vida. Ambos son solicitados por el Ministerio de Justicia.

Esta solicitud la puede realizar cualquier persona ya que se trata de datos públicos. Por supuesto, dado que antes no era posible llegar a estos datos, se debe probar que la persona murió. Serán los herederos quienes tengan que utilizar estos documentos para hacer testamento y reclamar una copia de la póliza de seguro de vida.

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